Pensión de alimentos

Pensión de alimentos

Cuando una pareja ha decidido poner fin a su vínculo matrimonial y tienen hijos el proceso de divorcio será algo más complicado ya que hay que pensar que los más pequeños sufran lo menos posible.

Entre todas las decisiones que habrá que tomar además de la guarda y la custodia o el régimen de visitas para el progenitor no custodio, también se encuentra la pensión de alimentos.

Se trata de una cantidad mensual que el progenitor que no viva con los hijos tendrá que aportar para ayudar en el desarrollo y crecimiento, tanto de los hijos menores de edad como de los mayores no emancipados o sin independencia económica. Con esta pensión se colaborará junto al otro progenitor en cuanto a los gastos de alimentación, ropa, actividades, etc.

Si el divorcio es de mutuo acuerdo ambos progenitores decidirán por consenso la cantidad de dicha pensión, en cambio si es un divorcio contencioso el juez impondrá la pensión teniendo en cuenta el salario del progenitor, las necesidades de los hijos, su edad…

En cuanto a los gastos extraordinarios o imprevistos que no se hayan tenido en cuenta, habrá que decidir si se paga entre los dos padres o cómo se hace. En caso de no ponerse de acuerdo, siempre se puede recurrir a un juez.

Si desea más información sobre esta pensión, las cantidades que suelen acordarse, los gastos que incluye o dudas similares, solamente tiene que contactar con nuestros abogados de Sevilla y le orientaremos. Ahora puede hacerlo a través de nuestra página web o por teléfono, como prefiera. Nosotros nos pondremos a su disposición para indicarle todo lo que debe hacer y nos pondremos en su lugar para que las medidas que se tomen en el proceso de divorcio sean justas.

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